Renta vitalicia: Vende tu hogar y recibe una renta aumentando tus ingresos y residiendo en el de por vida.

Soluciona cualquier posible problema económico y complementa tu pensión.

REQUISITOS

Para realizar este tipo de operaciones se necesitan solo dos requisitos:

Tener preferiblemente 60 años o más.

Ser propietario/a de un inmueble.

¿En qué consiste nuestra Renta Vitalicia?

Es simple. Las Personas Mayores tienen la oportunidad de percibir una renta mensual a cambio de la venta de la nuda propiedad de su vivienda.

La renta vitalicia inmobiliaria es un contrato, formalizado en Escritura Pública ante Notario dirigido a personas mayores de 65 años que tienen una vivienda en propiedad.  El propietario de la vivienda vende la nuda propiedad de la casa conservando el usufructo vitalicio de su vivienda, a cambio perciben una renta mensual durante el resto de su vida y mantiene el derecho de continuar haciendo uso de su vivienda mientras viva. Esto permite a la persona mayor que vende mejorar su poder adquisitivo y destinarlo a cualquier gasto que hasta el momento no estuvo a su alcance.

El Valor del Inmueble, así como la Esperanza de Vida de la Persona Mayor (de acuerdo a la edad y sexo del rentista, y según las Tablas oficiales del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Seguros), determinan las cuotas mensuales que la Persona Mayor percibe de forma que obtiene una renta vitalicia mensual mucho más elevada, que la que se puede percibir con una Hipoteca Inversa

¿Por qué elegir la Renta vitalicia de Grupo Nudainvest?

Estabilidad y Seguridad

Nuestra fórmula de Renta vitalicia ofrece estabilidad tanto para los propietarios como para los nuevos compradores, brindando seguridad y confianza en cada transacción.

Flexibilidad

La persona mayor tiene la libertad de elegir , adaptándonos a sus necesidades y preferencias individuales.

Uso y disfrute

A pesar de la venta de la nuda propiedad, nuestros clientes mantienen el derecho de usar y disfrutar de su vivienda durante el resto de sus vidas o por el periodo establecido, lo que les brinda estabilidad y confort en su hogar.

Proceso Transparente y Profesional

En Grupo Nudainvest nos comprometemos a realizar todas las transacciones de manera ética, transparente y profesional, garantizando una experiencia sin contratiempos para todas las partes involucradas.

TIPOS DE VENTA DE RENTA VITALICIA

RENTA TEMPORAL CLÁSICA: En esta modalidad, la Persona Mayor mantiene el usufructo de la vivienda de por vida, sin embargo, el cobro de las rentas mensuales se hará durante un determinado plazo (7, 10, 12, 15 años, etc.) previamente determinado.

RENTA VITALICIA CLÁSICA: Se recibe una renta mensual vitalicia a cambio de la venta de la nuda propiedad de la vivienda, reservándose a su vez el derecho de usufructo de esta durante toda su vida. Esta es la modalidad más frecuente

RENTA VITALICIA TEMPORAL O FUERA DEL HOGAR: La Persona Mayor renuncia al derecho de uso y disfrute de la vivienda, pero a cambio recibe un pago mensual mayor al de la renta vitalicia clásica. Esta modalidad está dirigida a aquellas personas que deseen abandonar la vivienda para trasladarse a vivir con un familiar o una residencia pudiendo costearse el coste de esta.

Además, en todos los tipos de rentas se podrá solicitar un anticipo de capital o disposición inicia.
Si prefiere vender la nuda propiedad a cambio de un Pago Único de Capital a la firma de la Escritura, ver Venta de Nuda Propiedad

VENTAJAS DE LA RENTA VITALICIA

DEJA DE PAGAR IMPUESTOS Y DERRAMAS

Dejarán de pagar para siempre los recibos del IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles),

 las derramas extraordinarias de la Comunidad y reducirán el coste del seguro de la casa.

Los vendedores sólo deben asumir las cuotas ordinarias de la Comunidad, los recibos de los suministros (electricidad, agua, gas, etc.) y la tasa municipal de residuos urbanos / basuras (cuando ésta se cobre por su Ayuntamiento).

GARANTÍAS LEGALES

Cuenta con todas las garantías legales, ya que es una operación que se formaliza en escritura pública ante notario y se inscribe en el Registro de la Propiedad. El derecho de usufructo vitalicio  queda recogido en la propia Escritura y no se extingue hasta el fallecimiento del último de los beneficiarios (en el caso de matrimonios, hermanos, etc.). La operación puede ser formalizada por 2 personas o cónyuges, siempre y cuando éstos dispongan de la titularidad de la vivienda.

Incluye una Condición Resolutoria que representa la máxima garantía legal para un hipotético caso de impago de dos de las rentas, en base a la cual la Persona Mayor recupera la plena titularidad de la vivienda sin tener que devolver las rentas mensuales ya percibidas


GASTOS DE FORMALIZACIÓN GRATUITOS

El vendedor no deberá pagar ninguna clase de gastos relacionados con la Notaría, el Registro de la Propiedad y la Gestoría. Todos los impuestos derivados de la operación serán asumidos por el comprador/inversor, salvo el Impuesto Municipal de Plusvalía que será asumido por el vendedor.

ALQUILER Y VENTA DEL USUFRUCTO

El usufructuario tiene el derecho de alquilar la vivienda o vender el usufructo si lo estima conveniente.

Si con el transcurso del tiempo ya no desean mantener el derecho de uso y disfrute de su casa, podrán

 alquilar la vivienda o vender el derecho de usufructo al nudo propietario.

Preguntas Frecuentes

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